2017/08 |
30-03-2017 |
Denuncia sobre posible responsabilidad de administradores de gestiones anteriores.
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- Se elaboró EL INFORME CASO D.T.L.C.C. Nº 8/2017 de fecha 04 de octubre del 2017 en el cual se RECOMIENDA: Que se remita el presente informe a la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad "EMAUT" con el objetivo de que realice un inventario de toda la documentación existente; así mismo se realice la clasificación, foliación y ordenamiento de todos y cada uno de los archivos.
- Iniciar acciones legales que corresponda al Lic. Jimmy Seoane Gutiérrez; por no responder al requerimiento realizado por esta D.T.L.C.C. mediante la nota OF. DIR TyLCC Nº 129/2017 de fecha 18 de septiembre del 2017 que hasta la fecha no se obtuvo ninguna repuesta; de acuerdo a Ley 974
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- El INFORME LEGAL Nº 09/2017 con OF. DIR. T.L.C.C. Nº 135/2017 de fecha 10 de octubre de 2017 recomienda al Ejecutivo Municipal, remita el presente caso a la Gerente General de la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad; para que la misma en un plazo no mayor a 30 días, remita a la D.T.L.C.C. del GAMT el INFORME FINAL determinando con exactitud que documentación no existe. En cuanto a los procesos Adm. y financ. que menciona en su denuncia; toda vez que se detecte que documentación es la faltante para proceder a tomar las acciones legales correspondientes.
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2017/09 |
10-04-2017 |
Perdida de Convenio Interinstitucional del Centro de Rehabilitación para Personas Ciegas.
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- Mediante Comunicación Interna S.M.D.H. /92 de fecha 09 de agosto del 2017 la Arq. Wendy Amanda Aguilera Gutiérrez Solicita la Anulación de la Denuncia señalando "que por la falta de tiempo no pudimos reunir toda la información necesaria en su debido momento; sin embargo posteriormente en la búsqueda de otra información se encontró la documentación referida.
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- Caso cerrado (ARCHIVADO) 15/08/2017
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2017/10 |
17-04-2017 |
Documentación faltante de los Proyectos de Tanque de Agua de los Barrios; Las Palmas, Tahuichi, Villa Lolita, Virgen del Rosarios, El Recreo, 6 de Agosto y Las Brisas.
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- Mediante Comunicación Interna DSG-359/17 de fecha 10 de agosto del 2017 el ing. Juan Rene Ávila Guillen Solicita se levante la denuncia debido a que no tenía número de preventivo, requisitos necesarios para la búsqueda de documentación de archivos, y en coordinación con la Dirección de Finanzas estos fueron proporcionados y remitidos a la jefatura de archivos.
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- EL INFORME LEGAL Nº 05/2017 de fecha 15 de agosto de 2017 indica que no corresponde abrir causa alguna, toda vez que la Dirección de Finanzas proporciono dicha documentación a la unidad solicitante, por lo que se recomienda archivar el presente caso.
- Caso cerrado (ARCHIVADO) 15/08/2017
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2018/01 |
28-02-2018 |
Corrupción, favoritismo y adulteración de la verdad. |
- Requisitos de admisión
- Por no estar dentro de sus atribuciones y competencias
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- Rechazo de la Denuncia N° 01/2018 de fecha 02 de marzo de 2018.
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2018/02 |
09-05-2018 |
Incumplimiento de deberes y conducta antieconómica. |
- Requisitos de admisión.
- Carecen de objetividad Jurídica
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- Rechazo de la Denuncia N° 02/2018 de fecha 16 de mayo de 2018.
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