Las Secretarias o Secretarios Municipales, en el marco de las competencias asignadas en la Constitución Política del Estado a los Gobiernos Autónomos Municipales, y en particular a su Órgano Ejecutivo, tienen las siguientes atribuciones: (Fuente:Ley N° 482, del 9 de enero de 2014 Art. 29 Ley de Gobiernos Autónomos Municipales)
- Proponer y coadyuvar en la formulación de las políticas generales del Gobierno Autónomo Municipal, desde un enfoque de género, generacional e interculturalidad.
- Proponer y dirigir las Políticas Municipales, en el ámbito de las competencias asignadas a la Secretaría Municipal a su cargo.
- Dirigir la gestión de la Administración Pública Municipal, en el ámbito de las competencias asignadas a su Secretaría Municipal.
- Dictar normas administrativas, en el ámbito de su competencia
- Proponer Proyectos de Decretos Municipales y suscribirlos con la Alcaldesa o el Acalde Municipal
- Resolver los asuntos administrativos que correspondan a la Secretaría Municipal a su cargo
- Presentar a la Alcaldesa o Alcalde y al Concejo Municipal, los informes que le sean solicitados
- Coordinar con las otras Secretarías Municipales, la planificación y ejecución de las políticas del Gobierno Autónomo Municipal.
- Promover e implementar actividades de evaluación y control de la Gestión Pública.
- Proporcionar información sobre el uso de los recursos, a quien lo solicite, de forma completa, veraz, adecuada y oportuna.
- Participar de las reuniones del Gabinete Municipal, conformado por la Alcaldesa o el Alcalde y las Secretarias o los Secretarios Municipales, y otras instancias de coordinación que pudieran crearse.
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- Elaborar el proyecto de presupuesto de su Secretaría, concurrir a la elaboración del Presupuesto Municipal y sus reformulados, y rendir cuentas de su ejecución
- Firmar Decretos Municipales y las Resoluciones Municipales relativas al área de sus atribuciones. Administrativas
- Proponer a la Alcaldesa o Alcalde, en el ámbito de sus competencias, políticas, estrategias, acciones y proyectos de normas legales, así como programas operativos, presupuestos y requerimientos financieros
- Designar y remover al personal de su Secretaría, de conformidad con las disposiciones legales en vigencia
- Elevar ante la Alcaldesa o Alcalde, la memoria y rendición de cuentas anual de su Secretaría
- Cumplir con lo estipulado en las disposiciones legales en vigencia sobre la gestión por resultados
- Garantizar la transparencia de información de sus acciones y la administración de los recursos asignados
- Participar en la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal y otros Planes
- Emitir Resoluciones Administrativas en el ámbito de sus atribuciones
- Implementar los Planes Municipales en cumplimiento al Sistema de Planificación Integral del Estado - SPIE
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